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Licencia de paternidad

Todos los hombres, tienen derecho a ocho (8) días de Licencia por paternidad, por el nacimiento de sus hijos. La legislación laboral colombiana ha generado beneficios para las madres y para los padres en la etapa del parto de sus hijos. Uno de estos beneficios se refiere a otorgar licencia remunerada tanto a la madre, como al padre de familia en la etapa del parto. Así como la mujer tiene derecho a una Licencia de maternidad, la ley también le ha otorgado al padre el derecho a una licencia remunerada. Por decisión de la Corte Constitucional, la licencia de paternidad en cualquier caso,  será de  ocho (8) días. Esta posición de la corte Constitucional ha sido recogida en el Artículo 1º de la Ley 1468 de junio de 2011, que modificó el Artículo 236 del código Sustantivo del Trabajo, en el que  se contempla la Licencia de paternidad en ocho (8 ) días hábiles sin considerar si los dos (2) padres cotizan al sistema de salud.

¿Quien paga la Licencia de paternidad?

El pago de la Licencia de Paternidad está a cargo de la EPS, en donde se encuentre afiliado, a través del empleador del padre. Es decir, el empleador debe cancelar al trabajador con la misma periodicidad de la nómina, pero el empleador descuenta este valor, a más tardar en las dos siguientes liquidaciones del pago de cotización a la EPS en donde esté afiliado el cotizante. Recuerde que el pago es el cien (100) por ciento del salario que devengue el trabajador al momento de empezar a disfrutar de la Licencia. Además tenga en cuenta que si el empleador está en mora en el pago de sus aportes es el empleador el que debe asumir el pago de esta prestación.

¿Con qué documentos solicito el reconocimiento de la Licencia de paternidad?

El único documento que usted debe presentar es el Registro Civil de nacimiento. Este único soporte válido, debe presentarse a más tardar dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha del nacimiento del niño.



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Luz Amanda Ríos López

26 de comentarios

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  • Tengo una pregunta.
    Me han dicho que fuera de mi sueldo me deben cancelar un dinero extra, una especie de auxilio de paternidad.
    Esto es cierto?
    De ser así, la empresa me debe cancelar mi sueldo normal + el auxilio de paternidad?
    Quedo muy atento a su respuesta

  • Vengo cotizando desde mis 18 años en la eps… en enero de este año empece en un nuevo empleo por ende cambio de empleador.. solicito remuneracion de licencia de paternidad y me dicen que no me la dan porque llevo solo 5 meses en el actual emple
    o… todo el resto no vale… tengo 27 años

  • buenos dias.

    hace mas de 2 meses nacio mi hija y el empleador aun no paga la licencia de paternidad he insistido y siempre me dan excusas, q en 15 dias, que cambiaron de razon social que la documentacion esta mal, en fin, que puedo hacer o a que ley apegarme pues se que es aunque la eps es la q debe emviar el dinero al empleador sino lo hace es responsabilidad del empleador el pago. gracias.

  • buenos días, mi caso es el siguiente:

    mi hija lamentablemente falleció a las 31 semanas y debido a eso me dieron la licencia de luto, pero según tengo entendido la licencia de paternidad y maternidad se entrega por el simple hecho de que el bebé nazca, es decir que se considera nacido desde que se corta el cordón umbilical. cómo y ante quién debo tramitar mi licencia de paternidad?

  • Buenas tardes, tengo una duda ojala me puedan ayudar.
    Yo cumplo con las semanas cotizadas para que la eps me reconozca la licencia de paternidad. Pero se me presenta esta situación, yo solicite mis vacaciones por que quería pasar más tiempo del que concede por la licencia cuando naciera mi hija. Ella nació estando yo disfrutando de mis vacaciones, pensé que los días de licencia se sumaban a los de vacaciones pero ahora mi empleador me sale diciendo que no, que si la niña nació estando de vacaciones no tengo derecho a la licencia. Me parece que esto es contra la ley, ya que una cosa no tiene que ver con la otra; son dos derechos que tengo, el disfrute de mis vacaciones pagadas por mi empleador y el de la licencia de paternidad pagadas por la eps. Por favor si alguien me puede aclarar este tema.

  • Buenas en mi empresa me estan pidiendo una incapacidad o que me sea transcrito por la eps los dias de licencia de paternidad para que me sean reconocidos y fuy a la eps y ellos me dicen que no me dan nada de eso que debo hacer.

  • buenas, que debo hacer en caso de que mi contrato termina y mi espoza está a punto de dar a luz, osea a cinco dias de programada para la cesarea. mis recursos son insuficientes y mi espoza tiene un embarazo de alto riesgo y su operacion esta programada en la clinica de tercer nivel.

  • eps sura me negó mi incapacidad o licencia de paternidad por concepto de no cumple con las semanas mínimas de cotización. y en trabajo me mandaron de licencia.

  • He tenido problemas con el reconocimiento de la licencia de paternidad , se me esta negando, por haber tenido una interrupcion en los aportes a la eps , en el momento , de quedar sin empleo por 2 meses, pero los ultimos 4 meses de gestacion de mi señora fueron cotizados, quiciera saber que debo hacer , he investigado , y encontre la ley 1468, articulo 236 de junio 30 de 2011 , donde se dice que , el esposo o compañero permanente, tiene derecho a 8 (ocho) dias habiles remunerados de paternidad , a cargo de la eps, en este caso Salucoop, en donde dice , que efectivamente se debe cotizar semanas previas al reconocimiento de la paternidad, la norma habla de manera plural , por consiguiente con dos semanas der cotizacion seria suficiente. Cabe anotar que he cotizado por 19 años a eps.

    En espera de su ayuda

    Alexander Martinez Duque

  • Trabajo en el area de recursos humanos de una empresa y a pesar de que el unico documento que deben presentar es el registro civil de nacimiento, segun la informacion de esta pagina, algunas EPS ponen trabas solicitando ademas copia de historias clinicas, copia de cedula de la madre. Documentos que son de uso privado y como empresa no puedo exigir a los trabajadores. en este caso que se puede hacer?

    • Hola Diana, lo ideal es que la EPS expida un certificado de incapacidad por licencia de paternidad, porque tú como empleador debes cobrar esos días a la EPS y sin ese soporte no te lo valen, podrían darle al empleado una licencia (ya sea remunerada o no remunerada) con fin de no violarle el derecho, pero eso es decisión de la empresa.

  • como hago si yo deje de cotizar 2 meses y actualmente empece atrabajar tengo 5 dias de estar afiliado si me pueden dar la licencia ???

  • que pasa si la esposa de mi trabajador no esta como beneficiaria si no que ella cotiza como independiente. la eps si puede pagar esos días o quien deberá pagarlos
    gracias por la atención prestada y espero su respuesta

  • Hagame un favor yo deje de cotizar por tres semanas durante la gestación de mi mujer y en la eps dicen que mi licencia no sera remunerada que requisitos y que opciones tengo para hacer que la eps me pague la licencia gracias

  • hace unos 5 meses me trasladaron de la EPS Comfenalco por LIQUIDACION de la misma.
    Ahora en la nueva EPS que estoy pase los documentos para solicitar la Licencia de Pasternidad
    y me informan que no pagan con la siguiente observacion: Sin reconocimiento, segun Sentencia C663/09.
    Agradezco su orientacion.
    YEISON
    Bucaramanga – Santander – Colombia

  • yo estaba en una eps como 4 años, y me pase para otra EPS (aproximadamente 4 meses), hoy nació mi hijo, la pregunta es la EPS me debe reconocer los días de licencia de paternidad?. Muchas gracias

  • la verdad la EPS no me dio la licencia, se excusaron con mil y un peros.
    tanto así que decidí continuar laborando para que no me hicieran ningún descuento

  • La EPS, me reconoce horas extras diurnas y nocturnas y subsidio de transporte? O solamente me liquidarán sobre el mínimo legal, como las vacaciones y las incapacidades? Gracias si pueden aclárame esta inquietud

    • hola, mi hijo cotizo 8 mese a la eps famisanar, el ultimo mes cotizo 19 días por cambio de empleo dice la eps que no le cubre la licencia de paternidad por la interrupción de las semanas, es cierto que debe hacer, y si no le cubre la empresa le da algunos días, gracias