Salud

EPS

¿Qué significa EPS?

EPS significa  Entidad Promotora de Salud. Son empresas del  Sistema de Salud en Colombia que  administran los recursos de seguridad social en salud y están autorizadas por la Superintendencia Nacional de Salud.  Las administradoras pueden ser  Cajas de compensación familia, Empresas Solidarias de Salud  y Entidades promotoras de salud, EPS, públicas, privadas o mixtas.

¿Cuáles son los requisitos de afiliación a una EPS?

Para usted afiliarse a una EPS, debe hacer el siguiente trámite, dependiendo de su calidas de afiliado. Es decir si es dependiente o independiente. Los independientes deben hacer los siguiientes pasos:

  1. Dirigirse a la entidad que usted haya escogido y diligenciar el Formulario de afiliación independiente
  2. Diligenciar el Formulario de declaración de salud
  3. Adjuntar fotocopia  del documento de identificación
  4. Adjuntar el Contrato de trabajo por prestación de servicios

Pero si usted es un trabajador independiente de bajos ingresos debe llenar los siguientes requisitos de afiliación a la EPS:

  1. Formulario de afiliación independiente.
  2. Formulario de declaración de salud.
  3. Fotocopia de documento de identificación.
  4. Declaración extrajuicio ante Notaría por bajos ingresos (1 SMMLV).
  5. Formato Anexo Técnico, que encontrará en las Oficinas de Atención al Afiliado, según la Resolución 1155/2009.

Los trabajadores o dependientes o empleados, deben ser afiliados a la EPS, directamente por el empleador y debe diligenciar en la empresa donde labora los siguientes documentos:

  1. Formulario de afiliación para trabajadores dependientes y servidores públicos.
  2. Formulario de declaración de salud.
  3. Fotocopia del documento de identificación y de su grupo familiar

¿Después de afiliado a la EPS, en cuánto tiempo tengo derecho a los servicios?

Durante los primeros treinta (30) días de afiliado a la EPS, usted tiene derecho a Atención de urgencia,  Programas de promoción, educación y prevención  y Atención integral a la materna y el recién nacido. Pasados los primeros 30 días calendario,  usted tiene derecho a todos los servicios de salud contemplados en el Plan Obligatorio de Salud, POS, que no requieran semanas mínimas de cotización.

Acerca del autor

Luz Amanda Ríos López

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