El RUT, Registro Único Tributario, es el documento que todo ciudadano colombiano necesita para realizar trámites con el Estado. Recientemente el Ministerio de Hacienda y Crédito, efectuó algunos cambios importantes a través del Decreto 2620 de diciembre 17 de 2014, por el cual se modifica y Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 2460 de 2013.
¿En qué aspectos fue modificado?
Las cambios en el RUT efectuados tienen que ver con los siguientes aspectos:
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- Identificación de las personas naturales,
- Formalización de la inscripción
- Actualización y solicitud de cancelación
Personas naturales en el exterior
Todas las personas naturales que se encuentren en el exterior, pueden enviar la solicitud de inscripción, o de actualización del RUT, Registro Único Tributario, a través del sistema de peticiones, quejas, reclamos y sugerencias del sitio web de la U.A.E. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, anexando escaneado el documento de identidad en donde conste la fecha de salida del Colombia. La DIAN, formalizará el respectivo trámite y enviará a la dirección electrónica suministrada por el solicitante, El RUT, certificado.
Personas naturales en Colombia
Cuando el trámite de solicitud de cancelación lo adelante directamente el interesado o el representante legal que se encuentre previamente registrado en la sección de representación del formulario del obligado, no será necesario adjuntar fotocopia de su documento de identidad, bastará con presentar el documento original.
Conozca todo el texto del Decreto 2620 de diciembre 17 de 2014, con el que se efectuaron cambios en el RUT aquí
[…] NIT está contenido en el RUT. Cuando usted solicita el RUT, está obteniendo dentro del mismo documento el NIT, porque el […]
[…] información exógena ante la DIAN. De igual forma podrá actualizar su Registro Único tributario, RUT y obtener copias del mismo. De acuerdo a lo anterior, entre al instructivo de la DIAN […]