Transporte

Renovacion licencia de conduccion

¿Cuáles son los requisitos par la renovación de la licencia?

Los siguientes, son los requisitos que debe tener en cuenta para la Renovación licencia de conducción:

  1. La licencia que se va a renovar, debe estar incluida en el Registro Nacional de Conductores del Ministerio de Transporte.
  2. La persona titular de la licencia de conducción debe estar inscrita en el Registro Único Nacional de Tránsito, RUNT. Aquí puede ingresar al sitio web y consultar si está inscrito
  3. No debe tener multas de tránsito pendientes, sí puede tener acuerdos de pago
  4. Haberle practicado y estar registrado en cualquiera de los Centros de Reconocimiento de Conductores, CRC, aprobados por el Ministerio de Transporte, el examen de aptitud física, mental y de coordinación motriz.
  5. Presentar original del documento de identidad. Se admiten contraseñas
  6. Los extranjeros, deben presentar la cédula de extranjería, contraseña certificada o pasaporte vigente.

¿Puedo hacer este trámite en cualquier ciudad?

Sí, usted puede hacerlo en cualquier ciudad del país, pero el examen también lo debe hacer en la misma ciudad del trámite. Hay una nueva norma que indica que donde usted se hace el examen también debe hacer la diligencia del cambio de licencia.

Sitios  en Cali donde le pueden practicar el examen médico

  • Avalamos CRC Nro. 1 Calle 52 # 1B-160 Local 10
  • Avalamos CRC Nro. 2 CRA 3 # 58-05 Piso2
  • Evaluamos Conductores IPS S.A.S CL 57 2D 20 Piso 2 Y 3
  • Médicos del Transporte CRA 3 # 57 – 77
  • Simetric Cali – Candelaria CALLE 70 # 7T BIS – 67 Local 205-206
  • Certifíquese ya de Cali IPS S.A.S CR 2 # 46B – 24
  • Centro de reconocimiento de Cali Ltda. Carrera3 N° 57-29 P. 2
  • Certitransporte S.A.S Calle 57 #2 D -08 PISO 2
  • CRC 355 Cali Salomia Calle 52 Norte # 2B1-22
  • Simetric Cali norte AV 4 Norte # 64N – 44 LOCAL 9
  • Certisalud Valle S.A.S Av 3 Norte #36AN-07
  • A-prueba ut Cali CL. 70N Nº. 3-BN-200
  • CRC Valorar Conductores SAS Carrera 32 10A 75 Piso 2
  • CRC Medivalle S.A.S Carrera 31 # 6-11
  • CRC 124 Roosevelt Ccarrera 39 NO 7-19
  • Intras CRC Carrera 100 NO 15A-61, LOCAL 216

Finalmente, tenga presente que, si su licencia es para conducir vehículos particulares, incluidas las motos, automáticamente queda con vigencia de diez años contados a partir de la fecha de expedición de la Ley Antitrámites del 10 de enero del 2012, pero, para  los conductores que estén en el rango de edad entre los 60 y 80 años, la vigencia será de cinco años. Después de los 80 años deberá renovarla cada año.

Si su licencia es para conducir servicio público, la renovación es cada tres años, o cada año, dependiendo de la edad.

Acerca del autor

Luz Amanda Ríos López

72 de comentarios

Clic aquí para publicar un comentario

  • Quiero que me aclaren mi licencia es particular esta vencida desde el 2004 , puedo realizar el cambio en el mes de Diciembre del 2014, es la fecha en la que tengo las condiciones económicas para realizar el tramite.

  • hola soy colombiano y estoy en el extranjero mi licencia esta vencida pero tengo licencia extranjera puedo manejar en colombia cuando baya

  • PREGUNTO:
    Si renove licencia el 04-12-2013, tengo restricción conducir con lentes y ahora me hace cirugía y no tengo que utilizar lentes, para renovarla nuevamente tengo que presentar todos los exámenes, y que documentos necesito nuevamente????.

  • me hice los exámenes físicos a comienzo de año, no he seguido el trámite de renovaciópn pase. Me sirven esos exámenes para continuar trámite?

  • Guillermo Manrique Lopez, Cc.3´611807. correo: gemelo40@yahoo.es. Solicito con urgencia información para tramitar renovación de´páse: presenté los exámenes físicos requeridos en la tramitacion; por fuerza mayor no seguií el proceso. Exos exámenes me sirven actualmente? Gracias.

  • caso único mi licencia era de servicio publico 4 categoría hace unos años se me extravío junto con la cedula yo coloque la demanda y todo eso pero valla sorpresa hace unos dias me dio por mirar en el runt y tengo multas que no son mias pero estan a mi nombre que hago?

    • Debes presentarte con el certificado de tu denuncia y solicitar sean desmeritadas las multas basándose en que usted la perdió.

  • caso hipotetico: tengo una licencia de conduccion expedida cuando tenia 16 años y tiene el numero de identificacion la tarjeta de identidad, pasado los dos años hice el tramite para la cedula de ciudadania, numero diferente al numero de identificacion en mi licencia de conduccion, que tramite debo realizar, o puedo seguir conduciendo con esta licencia de conduccion solo presentando mi tarjeta de identidad.

    • tengo una licencia de conduccion expedida cuando tenia 17 años y tiene el numero de identificación la tarjeta de identidad, pasado seis meses hice el tramite para la cedula de ciudadania, numero diferente al numero de identificacion en mi licencia de conduccion, que tramite debo realizar, o puedo seguir conduciendo con esta licencia de conduccion solo presentando mi tarjeta de identidad

  • Mi licencia es categoria 2 del formato gris con fecha de expedicion de febrero de 2005 mi inquietud es si tengo q renovarla y mas o menos cual es el costo de este tramite?

  • Buenos días, mi pase aparece con la tarjeta de identidad, pero no tengo copia de la tarjeta de identidad, que debo hacer?

  • mi pregunta es …..si no hice el tramite de renovación de mi licencia de conducción en el mes y la fecha que me tocaba ¿cuando puedo hacer el tramite y hasta cuando tengo plazo?

  • ya NO se puede conducir un vehículo de servicio particular, con licencia de conducir de servicio público que esté vencida.
    cual es el sustento en la norma para precisar esto?
    si actualmente en la nueva licencia de C1, especifica que la habilita 3 años para publico y 7 años para particular.

  • En este momento no tengo carro.Debo renovar mi licencia en Junio de 2014. Si no lo la renuevo ¿Que pasa?Debo volver a solicitar una licencia o realizar un nuevo curso de conducción?.

    Espero su pronta respuesta.
    Gracias
    Patricia

    • Buenos dias.

      Debo renovar mi licencia en junio. pero como no tengo vehiculo en este momento, no necesito mi licencia, que sucede y no la renuevo en es mes??? lo puedo hacer en otro mes. cuando tenga vehiculo??

  • Porque razón se prejuzga en cuánto a la renovación y plazos establecidos, y perjudicando a los ciudadanos, que necesitan realmente del plazo, ya sea por alguna razón, valedera, cómo en mi caso que requiero de reunir dichos, valores para el mes de Junio cancelar el tramite y valor de la licencia. Ahora no justifico cómo el agente de tránsito del operativo según comparendo no. 76001000000006882476 se burlaba de mi situación e inclusive de mi edad, 56 años, al indicarle que con ése trabajo era que yo me estaba defendiendo, NO PODEMOS SEGUIR TOLERANDO TANTO ATROPELLO Y CARENCIA DE RESPETO Y VALORES POR LAS DEMAS PERSONAS.

    Esta queja desearía se trasladara a las Directivas para que si es del caso se tome los correctivos necesarios y si se requiere de mi presencia para hablar sobre el tema, con mucho gusto lo haría. A dicha secretaria de tránsito en Cali, le falta más corazón, orgullo y querencia por la gente. Quedo en espera de su atenta respuesta. ( Esta solicitud queda en mi poder copia y la comparto por Facebook)

  • Cordial saludo. En la ciudad de Cali, los agentes de tránsito me inmovilizaron el vehículo taxi, por no haber renovado la licencia, segun ellos no importa que mi pico pase sea el seis (6) y me corresponda fecha máxima de plazo el 30 de Junio de 2014. Pregunto: ¿ Porqué razón hacen éso, si el doctor Urdinola ha dicho que se acogieron a los plazos estipulados por el Gobierno Nacional?. Ante mi inconformidad y el perjuicio a que me he visto sometido, estos guardas lo único que hicieron fué burlarse de mi situación, de la edad, y de mi incapacidad económica para renovar antes de los plazos. No es justo que se atente material y sicológicamente en mi condición de ciudadano. Ante quién debo denunciar y solicitar se anule el comparendo No. 76001000000006882476.. que entre otras cosas me correspondió pagar $102.600,oo para sacar el vehículo de patios, y tengo una multa segun el comparendo por valor de $ 165.000,oo aprox. ?

  • Hola yo vivo en el extranjero, soy colombiana, mi licencia venció en dic del 2013 voy a viajar a Colombia sólo en el mes de abril y mi cédula termina en 7, puedo conducir con la licencia del país donde vivo actualmente acompañada de mi residencia?

  • Hola, vivo en el extranjero mi cédula termina en 0, osea mi fecha limite de renovación es en octubre, pero en el mes de mayo tendría que viajar a Colombia por 5 días, puedo manejar por esos días???

  • Saludos, Para el tramite de renovacion Me hice el examen medico en un CRC en MOSQUERA (CUNDINAMARCA), pero quise hacer el tramite de renovacion en el SIMIT del Terminal de Transporte de Bogota, sin embargo despues de habermen tomado la foto y haber cancelado los $55.000 pesos del tramite, me dicen que no es posible porque el examen es de Mosquera y no Bogota. En el RUNT ya me figura el examen medico, no se supone que ya todo esta en linea? Los CRC de Mosquera no tienen acaso la misma aprobacion para expedir un certificado de aprobacion igual que los CRC de Bogota? Es posible que el funcionario que me atendio en el SIMIT TERMINAL DE TRANSPORTE se haya equivocado y me oriento en forma erronea? Habiendose practicado el examen en un CRC de MOSQUERA (CUND.) es posible efectuar el tramite de renovacion en un SIMIT de Bogota, si esto es posible en cuales?

  • SI NO RENUEVO LA LICENCIA DE CONDUCIR EN EL MES CORRESPONDIENTE POR DECIR FEBRERO!!! CEDULA TERMINADA EN 2 Y SI LOGRO HACER EL TRAMITE EL MES SIGUIENTE MARZO, PUEDO SER SANCIONADO??? Y DE SER ASI DE CUANTO SERIA LA MULTA??? GRACIAS.

      • Las únicas licencias que se deben renovar son las licencias de categorías 4, 5 y 6 o que digan C1, C2, y C3. Las otras licencias aunque no tengan vencimiento se deben renovar cada diez años, pero además se debe tener en cuenta así: Menores de 60 años, vigencia de 10 años; Mayores de 60 años, vigencia de 5 años; Mayores de 80 años, vigencia de 1 año. Buen día.

  • buen dia Luz amanda mi pregunta es la siguiente mi licencia es de 5 cat nesecito elevarla a C3 en q ciudad lo puedo hacer q no demore tanto tiempo.y cual es el costo para elevarla de categoria. por favor agradesco su pronta imformacion.gracias Amanda…

  • Buen día Luz Amanda, tengo una duda, segun el pico y placa a mi me toca renovar mi licencia en agosto estoy en embarazo y tendre mi bebé en ese mes, no puedo estar haciendome examenes ni filas en esa época, lo puedo renovar antes? hay alguna prioridad para mujeres embarazdas? gracias.

  • Buen día, Tengo un problema el pase servicio público, se me vencía el 24 de enero de 2014, asistí a un CRC, el día 11 de enero del año en curso, antes del vencimiento de la licencia; presenté los exámenes pero la audiometría un oido tengo un poco deficiente la audición (el médico) dice que no es problema. sin embargo, la fonoaudiologa, me solicitó una Audiometria y un concepto de un Otorrino, para poder continuar con el trámite (me dan 60 días) ayer fue la cita de la Audiometria y hoy el medico me dio la orden para solicitar la cita con el Otorrino.

    Pregunto, me pueden multar por no tener el pase al día, a pesar de tener en trámite la renovación.
    Por favor, necesito su ayuda.
    atte,
    Eugenio Medina
    eumeru@yahoo.com

  • tengo una licencia de conduccion categoria 4, pero solamente manejo vehiculo particular, tengo obligacion de renovar mi licencia? ademas tengo 45 años.
    muchas gracias !

    • Con todo respeto, la ley habla de la renovación de licencias vencidas para conducir vehículos públicos. Sin embargo al inicio de este sitio hace una aclaración que dice: «Finalmente, tenga presente que, si su licencia es para conducir vehículos particulares, incluidas las motos, automáticamente queda con vigencia de diez años contados a partir de la fecha de expedición de la Ley Antitrámites del 10 de enero del 2012, pero, para los conductores que estén en el rango de edad entre los 60 y 80 años, la vigencia será de cinco años. Después de los 80 años deberá renovarla cada año.» Tanto es así que las nuevas licencias C1, C2, y C3 sirven para conducir vehículos públicos y particulares por lo cual traen impresas dos fechas de vencimiento: una de 10 años a partir de la fecha de expedición para particulares y una de 3 años para vehículos públicos. O es que acaso la nueva ley deroga la ley antitrámites. Como siempre en Colombia los decretos son confusos y se aplican de acuerdo a la interpretación que quieran darle los agentes de tránsito que son los que finalmente hacen la validación al momento de requerir la licencia. En mi caso me acerqué a dos agentes diferentes a consultar sobre el tema del vencimiento de mi licencia C2 y las opiniones fueron contradictorias. El primero me dijo lo mismo que cita Luz Amanda Ríos López sobre el vencimiento sin importar si es para uso público o particular. El segundo agente me citó la ley antitrámites y me dijo que para servicio público estaba vencida pero para el particular tenía vigencia hasta el 2022. Mi licencia es C2 con vencimiento en setiembre de 2014. Por favor que los organismos del gobierno se pongan de acuerdo y sean claros en sus conceptos.

  • Desafortunadamente tendremos que cambiar el pase o licencia de con ducciòn por capricho de algún senador o político que tiene algún enlace con quien sabe que organismo y pretende sacar provecho o tajada como se dice, como también lo hacen los senadores frente a la reforma a la salud, no asisten a las audiencias o debates para no defraudar o ir en contra de las EPS que representan bajo cuerda y de las que igualmente reciben «honorarios»,; yo me pregunto hasta cuando vamos a tener corruptos que administren este país? tendremos que invocar al chapulin colorado para ver si nos salva?, No es posible que antes de que se decretara el cambio de licencias los exámenes médicos costaban $ 30 ó 40 mil pesos ahora vas a ver y si te lo dejan en $ 90 mil es una oferta «que no te puedes perder», no hay organismo de control frente a este desaforo y atropello frente a tanto especulador? , si el Estado requería el cambio de licencias porque no optó por otro sistema que no tuviera costos para los ciudadanos?, acaso el cambio de formato de licencias va a mejorar la movilidad en Colombia, con menos accidentes, menos borrachos etc?, reaccionesmos y espero haya algún funcionario Estatal que responda y se apropie de este atropello.

  • Buenos dias, me podrian ayudar con una informaciòn, hace muchos anos vivo en el extranjero.pero antes de vivir afuera de mi pais, habia hecho mi licencia de conducciòn. serà que es posible encontrar en archivo algo o deberia hacer los tramites como si nunca la hubiera hecho, les agradezco la respuesta

  • MI PASE FUE EXPEDIDO EN1998 Y NO TIENE VIGENCIA DE VENCIMIENTO Y DE CATEGORÍA 4, EN EL CUAL DICE EN SU RESPALDO QUE: «MOTOCARROS, AUTOMÓVILES,CAMPEROS,CAMIONETAS Y MICROBUSES DE SERVICIO PÚBLICO». TENIENDO EN CUENTA ÉSTO, DEBO RENOVARLO? O, QUEDÓ AUTOMANTICAMENTE RENOVADO HASTA EL 2022?.

    GRACIAS,

    ORLANDO SÁCHEZ

  • Mi licencia es de categoria 05 expedida en 1994. Creo que mediante una ley la recategorizaron y le dieron vigencia indefinida.Siempre he conducido automoviles particulares. tengo 64 años cumplidos. Segun esta norma cuando debo renovar mi licencia. Por favor responder.

  • Mi pregunta es: par apoder realizar el cambio del pase, debo de e star al dia con el transito, queiro decit NO TERNER PARTES PENDEINTES…. y si los tengo y trabajo como conductora, como puedo realizar la gestion.

  • si con la nueva licencia de conducir para carros de servicio publicos para la renovacion cuanto cuesta o para recien sacarla que cuesta o para que sacaron esa nueva ley yo tanvien digo lo mismo que los otros comentarios que ya andejado otras persona no sera esta otra nueva ley para robarnos a todos nosotros los conductores esa es i opinion

  • Buenas mi pase se perdio hace mucho, igual no tengo carro ahora , pero era categoria 5 y yo manejaba particular , cuanto me vale y que tengo que hacer, si tambien dicen que el año entrante el cambio sera gratis para todos como la cedula ? mejor espero

  • Mi licencia es de servicio público, pero actualmente manejo particular, venció en junio de 2002. En su momento con la ley anti tramite, se dijo que no importaba la fecha de vencimiento de las licencias, siempre y cuando no se manejara servicio público.
    Teniendo en cuenta la fecha de vencimiento de mi licencia y la ley anti trámite, me tocaría renovar la licencia?
    y hasta cuando hay plazo de hacerlo?

  • Poseo pase para carro y otro para motocicleta, ahora con todos estos cambios puedo conducir ambos medios de transporte solo con un pase, o debo de renovar los dos ?

  • Cual es el valor real de Renovación y en mi caso de Recategorizacion? mi licencia es de color café categoría 4 y venció en 2006 cuando me la entregaron me informaron que si la utilizaba solo para particular no vencería que seria vitalicia en estos momentos ya se que me toca realizar los dos tramites pero deseo saber los costos reales y si debo esperar después del 15 para obtener el nuevo formato? me encuentro en la ciudad de Bogotá y conduzco vehiculo particular.La licencia entiendo que se vence cada 3 años pero insisto siempre que he pasado por retenes y organismo de control no me han impedido el paso debido a que se podía transitar con esta licencia.
    Agradezco su pronta respuesta sobre el valor y a donde debo ir para los dos tramites pendiente.
    Mil gracias.

    • Las licencias de conducción que antes eran indefinidas, ahora, ahora tienen vencimiento de diez años así: Si su licencia es para conducir vehículos particulares, incluidas las motos, automáticamente queda con vigencia de diez años contados a partir de la fecha de expedición de la Ley Antitrámites (10 de enero del 2012). Pero los conductores que estén en el rango de edad entre los 60 y 80 años, la vigencia será de cinco años. Después de los 80 años deberá renovarla cada año.

      Si su licencia es para conducir servicio público, la renovación es cada tres años.

      • Si mi licencia es para conducir vehiculo público y tiene impresa fecha de vencimiento de 1999, pero yo conduzco unicamente vehiculo particular. Tengo que cambiarla obligatoriamente a partir del 15 de julio, o me cobija los 10 años o 3 años de la ley antitrámites? Puedo recategorizar para que me salga la licencia sólo para vehiculos particulares?

  • Yo tengo licencia de categoría 4 (servicio público), pero nunca ni actúalmente he manejado ningún vehículo de servicio público ni creo que en el futuro lo haga. Actualmente amenejo vehículo particular. ¿Mi fecha límite para renovar mi licencia es el 15 de julio o el 14 de agosto de 2013? ¿O cuándo?

  • ESTE PROCESO DE RENOVACION DE LA LICENCIA DE CONDUCCION TIENE FECHA DE INICIO PERO NO SE ESTABLECE HASTA CUANDO VA EL PROCESO.¿ME PODRIAN INDICAR HASTA CUADO TERMINA ELPROCESO? IGUALMENTE NO SE ESTIMA EL COSTO DE ESTA RENOVACION…EL MINISTERIO PUEDE O NO ESTABLECERLO?…O DEJARA A LIBERTAD A CADA SECRETARIA DE TRANSITO?

  • Finalmente si es una normatividad hay que cumplirla, pero lo que sí es inaceptable es que en el municipio de jamundi ademas de dedicarle tiempo a todos estos tramites tengamos que aguantarnos que los funcionarios de la secretaria de tránsito nos traten de HP para arriba, me gustaría saber quienes son los directivos de estas personas, no tenemos por que aguantar este tipo de trato.
    Espero una respuesta ppronto!!!

  • Por favor ampliar a los ciudadanos la información sobre las condiciones de la renovación, no hay claridad sobre el asunto y el señor Secretario de tránsito de Cali dice que a partir del 15 de julio habrán hasta inmovilizaciones, que por que los caleños nos dejamos coger el tiempo con la renovación. Yo pregunto…Cuándo y dónde se publicaron los procedimientos para que los ciudadanos supieramos exactamente qué hacer? No me quiero imaginar las colas y congestiones en las oficinas de tránsito, pasando nuevamente por encima de la dignidad del ciudadano, con todo y a pesar de la famosa ley antitramites 019 del 2012….

  • Que costo tiene la renovación de pase? Mi pase es de categoría 3 y no tiene fecha de vencimiento. Hasta cuando hay plazo de cambiarlo por el nuevo pase?

  • aquellas personas que tienen licencia de hace dos años la nueva perderan su dinero ? se les cambiara por la nueva pues tiene el mismo valor verdad ..? necesito respuesta a esa duda

    • Lo mismo paso hace unos años con un tal velocímetro que se inventaron para los vehículos, después de un tiempo este no volvió a ser exigido, tambien recuerdo de una ley que exigía a que los conductores andaran con las luces prendidas, otra ley que también se cayo, y ahora se inventan esta nueva ley, vamos a ver hasta cuando esta activa, para que luego llegue otro funcionario y se invente otra diferente.

      Cual es el interés de crear tantas cosas, a caso lo que se busca es incrementar los recursos de ciertas entidades y empresas, que pasa con estos recursos, cual es su destinación ????

      Estos dirigentes ¡¡¡¡

    • No se dónde jurídicamente se inventaron una fecha límite del 2013 si la misma corte constitucional en Sentencia C-969 del 2012, aclara que es hasta el 2014 (marzo) el plazo para renovar la licencia de conducción. He leído la resolución 623 de 2013 de Mintransporte y allí no fija plazos, solo orienta el cambio de formato. La ley 1383 de 2010 señala el plazo que la Corte señala en la Sentencia C-969.
      Me huele que esto es un negociado no se a quien beneficia pero toda esta desinformación, sumado a los altos costos del proceso fijado por las supuestas entidades intermediarias que se enriquecen con nuestro dinero. Lamentablemente la Gente come cuento porque en Colombia todo lo manipulan, pero el transfondo del asunto es meramente económico en primer lugar. Quienes tendrán intereses detrás de todo esto? 100.000= un exámen médico??????? Falta es que exijan otro curso en Escuela de Automovilismo, y se inventen otro impuesto más a los automotores, en este el País Guinnes Récord en Impuestos y nosotros callados, viendo realitis, diciendo viva URIBE, y con el remoquete dizque de los más felices del Mundo??argentino.??? Qué Boludez como dice un

      • En el Colombiano del día lunes 15 del presente, el diario publica: «Así lo aclaró a este diario el secretario de Movilidad de Medellín, Omar Hoyos Agudelo, quien especificó que los conductores de vehículos particulares que tengan licencias categoría 1, 2 y 3 (o B1. B2 y B3), así esten vencidas, no serán sancionados ni tendrán que correr a sacar una nueva, pues estas tienen un plazo de diez años para ser renovadas e incluso se renuevan de forma automática.»
        Esto implica que si la licencia categoría 1, 2 o 3 está vencida (y antes de esta imposición), es de suponer que ya fue renovada de forma automática por lo cual no debe haber preocupación; así mismo: «tienen un plazo de diez años para ser renovadas», presumo que despues de terminada la vigencia?. en ambos casos no hay porque preocuparse????