Pensiones

¿Cuáles son los requisitos de pensión?

En primer lugar, existe la  Pensión obligatoria  y Pension voluntaria. La pensión obligatoria es  el pago de carácter vitalicio y obligatorio a que tienen derecho todas  las personas afiliadas al Sistema General de Pensiones y que tiene como finalidad el amparo contra riesgos derivados de vejez, invalidez y muerte.

Esta se obtiene a través de la afiliación a una administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías privada o a Colpensiones, entidad pública originada en el extinto Instituto de Seguro Social de Colombia y el  pago se financia con las cotizaciones obligatorias que realizan los trabajadores en su vida laboral.

La Pensión voluntaria es un servicio exclusivo de las  Administradoras de Fondos y Pensiones, AFP , en donde usted  ahorra voluntariamente para complementar la pensión obligatoria o para fines específicos de cada afiliado. Es un fondo Voluntario de capitalización individual que le permite complementar los beneficios que recibe como afiliado  por parte del Fondo de Pensión Obligatoria, tener a  mediano plazo cierta cantidad de dinero capital ahorrado. Usted puede  elegir libremente el monto de los aportes periódicos y la suma de dinero que desea ahorrar.

¿En qué casos se obtiene la  pensión ?

La Pensión se obtiene por vejez, invalidez y sobrevivencia . La pensión por vejez es el resultado del ahorro acumulado durante la etapa laboral del afiliado, equivalente a los aportes más rendimientos generados, que se depositaron en una cuenta individual, a nombre de su titular. El  afiliado puede solicitar su pensión  al momento de cumplir la edad de pensión, que en el caso de las mujeres es a los 55 años  de edad y para los hombres a los 60 años de edad, siempre y cuando disponga de un capital suficiente para financiar una pensión igual al 110% del salario mínimo legal vigente.

La Pensión de invalidez, es la prestación económica que garantiza un pago mensual, en caso de invalidez. Esto sucede cuando se  pierde el 50% o más de la capacidad laboral por cualquier causa diferente de una enfermedad laboral.

La Pensión de sobrevivencia, es la prestación económica mensual que se hace a los beneficiarios   en caso de que el afiliado fallezca. Vea la guía completa en el sitio web de Mintrabajo.

¿Qué condiciones debo reunir para tener derecho a la pensión de vejez

usted debe tener las siguientes condiciones para tener derecho a  pensión:

  • Haber cumplido cincuenta y cinco (55) años de edad si es mujer o sesenta (60) años si es hombre. A partir del 1° de enero del año 2014, la edad se incrementará a cincuenta y siete (57) años de edad para la mujer, y sesenta y dos (62) años para el hombre.
  •  Haber cotizado n mínimo mil (1.000) semanas en cualquier tiempo.
  • A partir del 1° de enero del año 2005 el número de semanas se incrementó en 50 y a partir del 1° de enero de 2006 se incrementaró en 25 cada año hasta llegar a 1.300 semanas en el año 2015.

Acerca del autor

Luz Amanda Ríos López

1 comentario

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  • cumpli 50 años en el 2013 y hace 15 años aproximadamente deje de cotizar mas o menos trabe y cotice de 7 a 10 años en este momento puedo reclamar el valor de los aportes que efectue cuando trabajaba pues es obvio que no me voy a pesionar
    quiero saber que debo hacer para poder reclamarlos y cuando debo pasar esta solicitud
    cual es el tramite correspondientes
    gracias